Decreto 866 de 8 de abril de 2003, por el cual se modifica el artículo 14º del Decreto 2170 de 2002.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189º de la Constitución Política
DECRETA
Artículo 1º. Deróguese el parágrafo del artículo 14º del Decreto 2170 de 2002.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., el 8 de abril de 2003
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA
FERNANDO LONDOÑO HOYOS