Legislacion Informatica de Resolución 140/2004 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, sobre documento electrónico y firma digital. (Boletín Oficial de 10 de febrero de 2004).

Resolución 140/2004 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, sobre documento electrónico y firma digital. (Boletín Oficial de 10 de febrero de 2004).

VISTO el expediente Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos número 140.624/2003, la Ley número 25.506, su reglamentación Decreto número 2628 del 19 de diciembre de 2002 y la Resolución del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos número 110 del 12 de agosto de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional ha asumido desde el inicio de su gestión un compromiso transformador.

Que en ese marco se inscribe el Programa Estratégico de Modernización e Innovación aprobado por la Resolución Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos número 110/2003, actualmente en curso en este Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

Que es objetivo de dicho Programa terminar con los viejos procedimientos e introducir las nuevas tecnologías de la comunicación y la información como herramientas imprescindibles en un Estado transparente, protagónico y eficaz.

Que en tal sentido el ordenamiento legal y su decreto reglamentario citados en el Visto, otorgan un decisivo impulso para la progresiva despapelización del Estado.

Que el uso de la tecnología informática aplicada a la gestión administrativa estatal demanda necesariamente la revisión de los instrumentos normativos que rigen el procedimiento administrativo en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por tal motivo deviene conveniente crear una comisión de expertos que proceda a efectuar un análisis del Decreto número 1883/1991 y del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/1972 T.O. 1991, y a proponer su adecuación a través de la reglamentación que tienda al cum-plimiento del objetivo propuesto.

Que el proyecto de reglamento que se elabore será remitido a consideración de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 4°, inciso b, apartado 9 de la Ley de Ministerios T.O. 1992 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º. Créase una Comisión Especial que tendrá a su cargo la propuesta de un proyecto de decreto modificatorio del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto número 1759/1972 T.O. 1991 que facilite la utilización del documento electrónico y la firma digital.

Artículo 2º. La Comisión creada por el artículo anterior estará integrada por los doctores Damián Miguel LORETI (DNI número 16.062.294), Horacio GRANERO (DNI número 4.558.416), Mercedes RIVOLTA (DNI número 14.121.477) y Nora Patricia VIGNOLO (DNI número 13.193.630) quienes actuarán con carácter ad honorem.

Artículo 3º. La SUBSECRETARIA DE COORDINACION E INNOVACION prestará la infraestructura de apoyo técnico y administrativo necesaria para el funcionamiento del citado Cuerpo.

Artículo 4º. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Dr. GUSTAVO BELIZ, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

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