Legislación Informática de España
Contratación Electrónica
Dirección General de los Registros y del Notariado
Actualizada a fecha diciembre de 2002
Real Decreto 430/1990, de 30 de marzo de modificación del Reglamento Hipotecario, contempla una informatización integral de los Registros de la Propiedad. (B.O.E. 3 de abril de 1990).
Resolución de 15 de febrero de 1996 de la Dirección General de los Registros y del Notariado , sobre informatización del libro diario. (B.O.E. nº 49 de 26 de febrero de 1996).
Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil (B.O.E. 184/23574 del 31 de julio de 1996).
Ordenanza del Registro de Venta a Plazos, aprobada por Orden del Ministerio de Justicia de 19 de Julio de 1999. En el párrafo 6º de la Disposición Adicional introduce la posibilidad de presentación telemática.
Instrucción de 26 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre presentación de las cuentas anuales en los Registros Mercantiles mediante soporte informático y sobre recuperación de sus archivos. (B.O.E. nº 138, jueves, 10 de junio de 1999).
Resolución de 12 de noviembre de 1999 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, resolviendo consulta sobre el ámbito de aplicación del Real Decreto-Ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre Firma Electrónica, en relación con la actuación profesional de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
Instrucción 30 de diciembre de 1999 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre presentación de las cuentas anuales en los Registros Mercantiles a través de procedimientos telemáticos.
Instrucción 31 de diciembre de 1999 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre legalización de libros en los Registros Mercantiles a través de procedimientos telemáticos.
Resolución-Circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 26 de abril de 2000, sobre la firma electrónica en los Registros. Se reconoce el mismo valor jurídico que a la firma manuscrita, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos.
Convenio de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 10 de mayo de 2000 con la Dirección General de Tráfico. Permitía la interconexión de ambos Registros, de manera que se evita al usuario el trámite de la doble inscripción.
Instrucción de 19 de octubre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el uso de la firma electrónica de los fedatarios públicos.
Convenio de 8 de mayo de 2001, entre los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles y ASNEF y AEL.
Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, de 23 de octubre de 2001, en la que se aprueba la cláusula autorizatoria para la presentaicón telemática de los contratos en el Registro de Bienes Muebles.
Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 3 de diciembre de 2002, al objeto de completar y aclarar la anterior instrucción de la DGRN (B.O.E. de 18 de diciembre de 2002).
CASTILLA Y LEÓN
Orden HAC/1435/2006, de 12 de septiembre, de Castilla y León, por la que se establece el procedimiento para la remisión por los Notarios de la copia simple electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados.