Legislacion Informatica de Argentina. Provincia de Chubut. Resolución Administrativa nº 2781/2005 de 26 de octubre de 2005.

Resolución Administrativa nº 2781/2005 de 26 de octubre de 2005. Relevamiento de estadísticas.

 

Rawson (Chubut) , 26 de Octubre de 2005.

 

VISTO

Las facultades establecidas por el art. 178º inc. 1) de la Constitución de la Provincia del Chubut y art. 33º inc. 13 y 15 de la ley 37, y

 

CONSIDERANDO

 

La necesidad de disponer de datos estadísticos e indicadores judiciales que representen de forma uniforme idénticos indicadores basados en parámetros interpretados de manera similar en todos los organismos del mismo tipo.

La puesta en funcionamiento del área de estadísticas e indicadores judiciales dependiente de la Secretaría de Informática Jurídica (SIJ).

La detección de discordancias en similares datos provenientes de diferentes fuentes y la necesidad de proporcionar fidelidad e integridad a la información que analizan este Superior Tribunal de Justicia y la Comisión de Reforma Procesal con el objeto de realizar un adecuado diagnóstico, planificación e implementación de la referida reforma.

La necesidad de coordinar y convenir los criterios que se utilizan para los relevamientos de datos y para el volcado de los mismos con el objeto de evitar interpretaciones que produzcan desviación de los fines de cada indicador.

La posibilidad de tratar la incorporación de reformas y modificaciones en los informes actuales con el objeto de receptar también, en ellos, los intereses de los propios organismos para su autoevaluación o evaluaciones comparativas.

Por ello, el Superior Tribunal de Justicia,

 

RESUELVE

1°) Encomendar al Señor Secretario de Informática Jurídica, Dr. Guillermo R. Cosentino y a la Responsable del área de Estadística Lic. Gabriela Benedicto, la concurrencia a las Cámaras y Juzgados de la provincia con el objeto de llevar a cabo las acciones necesarias para el logro de los objetivos que el relevamiento estadístico persigue.

2°) Encomendar a los organismos mencionados en el punto 1°, que presten la colaboración necesaria para lograr la mas rápida y fiel obtención de datos y mejor coordinación en los procesos que permiten la llegada de estos a este Superior Tribunal de Justicia y la Comisión de Reforma Procesal.

3°) Comuníquese a todos los Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.

Fdo. Dr. Daniel Luis CANEO

Dr. Fernando Salvador Luis ROYER

Dr. José Luis PASUTTI

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