Ley 2.399 de 15 agosto de 2001, Adhesión a la Ley Nacional 25.326

La Legislatura de la Provincia del Neuquén Sanciona con Fuerza de Ley:

Artículo 1º.- Adhiérase a la Ley nacional 25.326 -sobre protección de los datos personales-, conforme al artículo 44 de la citada norma.

Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo provincial designará al organismo que actuará como autoridad de aplicación de la presente Ley.

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.

 

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los quince días de agosto de dos mil dos.

Dr. Jorge Augusto Sapag -Presidente- Cr. Omar Gutierrez -Secretario- H. Legislatura  de  Neuquén.

 

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