Decreto nº 618/008, de 15 de diciembre de 2008. Crea la estructura de puestos de trabajo de AGESIC.
VISTO:
El Decreto nº 371/008 del Poder Ejecutivo de 4 de agosto de 2008, modificativo del Decreto del Poder Ejecutivo de 23 de junio de 2008.
RESULTANDO:
I) Que se constata que los Anexos 1 y 2 que acompañan y forman parte del Decreto 371/008 contienen inconsistencias respecto a las previsiones realizadas en las normas legales y reglamentarias.
II) Que el art. 77 de la Ley nº 18.362 de 6 de octubre de 2008, creó once puestos de trabajo y dispuso que los mismos se incorporen a la estructura organizativa autorizada por el inciso séptimo del artículo 55 de la Ley nº 18.046, de 24 de octubre de 2006 y por el art. 120 de la Ley nº 18.172, de 31 de agosto de 2007 y a las unidades reguladoras vinculadas a los cometidos propios de la AGESIC.
CONSIDERANDO: Que, a los efectos indicados en el Resultando I y II, resulta necesario modificar el Decreto 371/008.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1º.-
Modifíquese, a partir de la fecha de su vigencia, el Decreto del Poder Ejecutivo nº 371/008 de 4 de agosto de 2008, en lo que refiere a los Anexos 1 y 2 que lo acompañan, sustituyendo los mismos por el que se adjunta al presente Decreto, con excepción de los montos por concepto de retribuciones, los que tendrán vigencia a partir del 1º de diciembre de 2008.
Artículo 2º.-
Incorpórase a la estructura de puestos de trabajo de la AGESIC, los cargos creados en el literal A) del artículo 77 de la Ley nº 18.362 de 6 de octubre de 2008, así como las transformaciones efectuadas en los literales B) y C) de la referida disposición.
Artículo 3º.-
Notifíquese, comuníquese, etc.