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09Jul/17

Acordada 16/2016, de 7 de junio de 2016, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Exp. 6830/2015

En Buenos Aires, a los 7 días del mes de junio del año dos mil dieciséis, los señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que dentro del proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia que la Corte Suprema de Justicia de la Nación viene
desarrollando en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional del Poder Judicial de la Nación, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Nacional en razón de lo dispuesto por las leyes nº 26.685 y 26.856, este Tribunal ha procedido a reglamentar distintos aspectos
vinculados al uso de tecnologías electrónicas digitales y así dispuso su gradual implementación en el ámbito del Poder Judicial de la Nación, partir de la puesta en marcha del Sistema de Gestión Judicial (Lex100).

2) Que la ley 48 del 14 de septiembre de 1863 reconoció en cabeza de esta Corte la atribución de dictar los reglamentos necesarios para la ordenada tramitación de los pleitos, facultad que diversos textos legislativos han
mantenido inalterada para procurar la mejor administración de justicia (art. 10 de la ley 4055; art. 4°, ley 25.488); y que justifica la sistematización que se lleva cabo.

3) Que la implementación del Sistema de Gestión Judicial en todos los fueros dependencias del Poder Judicial de la Nación permite la integración de las partes por medios telemáticos para la realización de tramites vinculados a las causas.

4) Que en el marco de este plan de modernización, corresponde estandarizar y reglamentar los trámites vinculados al ingreso de causas por medios
electrónicos, sin necesidad de concurrir a la sede del tribunal.

5) Que, por otra parte, resulta necesario establecer un procedimiento y una metodología homogénea y transparente para el sorteo y la asignación de causas, lo cual permitirá resguardar la seguridad jurídica de los justiciables.

6) Que, a tal efecto, en aquellas ciudades en las que existe mas de un tribunal con idéntica competencia, las causas deberán ser sorteadas a través del sistema Lex 100, con las excepciones establecidas en el reglamento que
integra la presente acordada.

7) Que, asimismo, y con el fin de brindar mayor celeridad al proceso, en todas las instancias en las que se requiera la elevación, asignación y sorteo del expediente, se ha desarrollado una herramienta informática dentro del
sistema Lex 100, para que las dependencias judiciales lo
efectúen en forma directa, sin la intervención de la Mesa de Entradas.

8) Que a su vez, se considera conveniente establecer los requisitos formales necesarios para la admisibilidad de los escritos.

9) Que en concordancia con lo dispuesto en la Ley 26.856 y en la acordada nº 15/13 se deben publicar las asignaciones que se efectúen a través del Sistema Informático de Gestión Judicial.

Por ello,

ACORDARON:

1°) Aprobar el Reglamento para el ingreso de causas por medios electrónicos, sorteo y asignación de de expedientes que establece las reglas generales aplicables a todos los tribunales nacionales federales del Poder Judicial de la Nación, que obra como Anexo I.

2°) Establecer que toda elevación de una causa una instancia superior se efectuara través del Sistema de Gestión Judicial desde el juzgado, cámara o
tribunal oral que la disponga, sin intervención de la Mesa de Entradas, salvo situaciones de excepción que requieran un procedimiento distinto.

3º) Aprobar las “Reglas para la interposición de demandas y presentaciones en general” obrantes como Anexo II, que establecen los requisitos que deben cumplir los escritos que se presenten en las actuaciones judiciales a los efectos de su admisibilidad formal.

4°) Publicar en la página del Centro de Información Judicial las causas asignadas diariamente a través Sistema Informático de Gestión, con las excepciones que se indican en el anexo I y las que surjan de las
disposiciones legislativas administrativas.

5º) Disponer que las medidas que aquí se sancionan se aplicarán partir del primer día hábil de marzo de 2017.

Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique en la página web del Tribunal, en el Boletín Oficial, en la página del CIJ  y se registre en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe.

RICARDO LUIS LORENZETTI, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

JUAN CARLOS MAQUEDA, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

HECTOR DANIEL MARCHI, Secretario General de Administración de la Corte Suprema de la Nación