Corte Constitucional. Sentencia T-522/1997, de 30 de octubre
Sobre la autodeterminación informativa.
En relación con ASOBANCARIA.- Asociación de Entidades Bancarias, Financieras de ámbito privado y CINFIN.- Central de Información de dichas entidades
Fundamento Jurídico 2.1 “No obstante y a pesar de que en determinadas circunstancias el derecho a la intimidad no es absoluto, las personas conservan la facultad de exigir la veracidad de la información que hacen pública y del manejo correcto y honesto de la misma. Este derecho, el de poder exigir el adecuado manejo de la información que el individuo decide exhibir a los otros, es una derivación directa del derecho a la intimidad, que se ha denominado a la autodeterminación informática”