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01Ene/15

El negocio de los mensajes de móvil

El negocio de los mensajes de móvil

Lo que empezó siendo un servicio residual, los SMS o mensajes cortos de móvil, se ha convertido en todo un filón.

Tan de moda se han puesto , que no es difícil ver a niños y adolescentes en parques o patios de colegio, hablando distendidamente por el móvil y sobre todo mandando mensajes cortos.

Muchas veces, estos mensajes van dirigidos a sus amigos y tenemos la suerte de contar con tarifas relativamente bajas, de 0.15 euros por mensaje, pero en muchas otras ocasiones y ante la avalancha de ofertas publicitarias y comerciales a que nos vemos bombardeados, el destino de estos “mensajitos” va dirigido a concursos, votaciones de TV o servicios de amigos en línea, en los que por suerte o por desgracia, las tarifas suben como la espuma.

El móvil como objeto de negocio

Las ideas empresariales que han surgido a raíz de este éxito en mensajes cortos y de bajo precio, han ido aumentando a pasos agigantados; para este público infantil y joven se ofrece por ejemplo “decorar” o “personalizar” el móvil, aunque tampoco nos engañemos, pues son muchos los adultos los que se han apuntado a esta moda y podemos escuchar en el autobús o caminando tranquilamente por la calle cómo reciben llamadas con el tono de la última canción de la temporada o el himno de su equipo de fútbol.

Hablemos un poco más de estos servicios de “decoración” de nuestro móvil; es habitual encontrar en cualquier tipo de publicación, operadores que ofrecen mediante una llamada a un 906 recibir en nuestro teléfono la canción o tono que queramos, o el logo que decore la pantalla de nuestro móvil.
El procedimiento es muy sencillo, primeramente hay que llamar a un 906, después de recibir un mensaje de bienvenida nos proponen marcar un número (código) que distingue la canción o logo que queremos pasar a nuestro móvil, tras un tiempo, unos dos minutos , recibiremos un mensaje en nuestro móvil y ya sólo nos quedará grabárnoslo.

Cuidado con los 906 y la falsa publicidad

Desde mi punto de vista y a modo de prevención de futuros chascos, es aconsejable que los usuarios de móvil y más concretamente de estos servicios, abran bien los ojos antes de acceder a llamar al 906, y descubran que su melodía casi les ha costado más que si se hubieran comprado el disco compacto del cantante en cuestión.
Es fundamental que en el anuncio se fije el precio de la llamada por minuto, así como el tiempo de duración aproximada de la llamada, de este modo el consumidor se hace a la idea de por cuánto le va a salir el adorno que desea para su móvil.

Por otra parte, también debe indicársenos qué operadores son compatibles con el servicio que prestan, y desde luego las marcas y modelos de móvil que pueden utilizar estos servicios, porque recordemos que no todos están equipados técnicamente para utilizarlos.

También es deseable que en el anuncio se indiquen las instrucciones y pasos para llevar a cabo la operación.

No debemos dejarnos llevar por promociones y sorteos del tipo, “llama y entrarás automáticamente en el sorteo de “X” móviles de última generación o cheques regalo etc, pues en la mayoría de las ocasiones son tan sólo un reclamo para que llamemos o entremos a su página web.

El influjo social del móvil

Otro dato a tener en cuenta, es que muchas veces el móvil constituye una puerta de paso hacia servicios que de otro modo estarían restringidos a menores, es el caso de acceso a logos de contenido erótico, servicios de línea caliente o citas por móvil, que deberían expresamente exponerse que van dirigidas a un público mayor de edad, en este caso no sólo sería deseable mayor control por parte de las Administraciones respecto a los números de acceso y la publicidad que ofrecen sino que es necesario una atención también por parte de padres y educadores.

Y es que los jóvenes y niños se han adaptado perfectamente a esto de las nuevas tecnologías, e incluso son un instrumento para conocer gente o afianzar amistades, un reciente estudio llevado a cabo en Reino Unido ha demostrado que si un adolescente no recibe al día al menos un mensaje al móvil se siente frustrado y no aceptado por su grupo de amigos.

El consejo: ante la importancia social que los móviles así como otras nuevas tecnologías están suponiendo para la sociedad en general, debemos exigir mayor protección ante los servicios que se ofrecen a través de ellos, delimitando contenidos, estableciendo precios de llamadas y exigiendo mayor información y claridad en su prestación , como única vía para conseguir una convivencia mejor entre nuestra actual sociedad con el avance de la tecnología.

 

 

 

 

01Ene/15

Dictamen sobre el Reconocimiento Facial en servicios online y móviles

Dictamen sobre el Reconocimiento Facial en servicios online y móviles

El grupo de autoridades europeas de protección de datos (Grupo de Trabajo del Artículo 29: GT29) adoptó el pasado 22 de marzo el Dictamen 02/2012 sobre el reconocimiento facial en servicios online y móviles.

El reconocimiento facial se define en el Dictamen, como el tratamiento automatizado de imágenes digitales (fotografía, grabación, vídeo en vivo…) que contienen caras de personas con el propósito de identificar, autenticar/verificar o categorizar a las mismas.

Dado el creciente uso de los servicios y aplicaciones móviles y online, el GT29 recomienda a los legisladores nacionales garantizar el derecho a la privacidad por medio de la protección de los datos de los usuarios en este campo, en el que resulta tan fácil y rápido violarlo.

El objetivo principal del Dictamen, en este sentido, es recalcar la necesidad de que se recabe de los afectados el consentimiento informado de forma clara, accesible y previa al tratamiento de las imágenes digitales en el sistema de reconocimiento facial. En ningún caso debe derivarse el consentimiento de una aceptación general de las condiciones del servicio.

De especial interés, por su actualidad, resultan las concretas recomendaciones referidas a la subida de imágenes a las redes sociales, las cuales deberían:

  • Implantar herramientas para que los usuarios puedan controlar la visibilidad de sus imágenes por terceros.
  • Informar del uso del reconocimiento facial a los usuarios antes de que éstos publiquen imágenes, dando la opción para que puedan rechazar la inclusión de su patrón facial en la base de datos de identificación automática.
  • Facilitar técnicamente a los usuarios difuminar el rostro de terceros cuando suban una imagen, sin olvidar que la red social ha de acreditar interés legítimo para poder tratar los datos de terceros sin su consentimiento.
  • Impedir técnicamente que se sugieran de forma automática etiquetas a nombre de quienes no hayan dado su consentimiento al tratamiento de datos con esta finalidad.

Finalmente, el Dictamen establece la necesidad de que los prestadores de servicios deban asegurarse y garantizar que las imágenes digitales de los usuarios y los patrones de reconocimiento facial son utilizados únicamente para la finalidad prevista, adoptando las medidas adecuadas para garantizar su seguridad.

Es claro que la privacidad de los datos personales, y en concreto de la propia imagen, no es sólo una preocupación del GT29, sino cada vez más de los propios usuarios, que a menudo se encuentran con engorrosas políticas de privacidad en muchas redes sociales. Por otra parte, los conflictos (fotos o etiquetas indeseadas, posibilidad de ver determinados datos personales por terceros no autorizados, etc) están a la orden del día en los tribunales.

No parece que adoptar las medidas recomendadas por el GT29 entrañen especial dificultad técnica para las redes sociales y, a cambio, se obtiene un gran beneficio para todos: el usuario tiene más protegida su privacidad y la red social se evita problemas legales en materia de protección de datos.

Por el momento, la red social Tuenti es la única que ya ha dado un paso adelante en el refuerzo de su política de privacidad, de tal modo que amplía a todos los usuarios (antes sólo era para los menores de 18 años) la configuración por defecto del máximo nivel de privacidad. Para cambiarlo, habrá que hacerlo de forma expresa.

Queda por ver si otras redes sociales seguirán un camino similar que clarifique sus políticas de privacidad en beneficio del derecho a la intimidad y la propia imagen de sus usuarios.

 

01Ene/15

Fraude en Apps para Dispositivos móviles

Fraude en Apps para Dispositivos móviles

El uso de los dispositivos móviles en el día a día, sigue aumentando a un ritmo frenético, pasando a ser el medio por el que pasamos a realizar más y más tareas, y en el que confiamos gran parte de nuestra operativa diaria.

Pero hay que tener mucho cuidado con el uso que hacemos de este tipo de dispositivos, ya que la utilización de los mismos implica a su vez riesgos asociados a los que nos exponemos como usuarios.

Así mismo, existen reportes de numerosos organismos en los que podemos ver que cada dia son más millones los usuarios de banca en línea y por teléfono, por lo que es un mercado cada vez más atractivo para los criminales informáticos.

Esta mañana nos hemos levantado con la noticia de que se han detectado aplicaciones de Android maliciosas que obtenían los datos bancarios de los usuarios.

A través de aplicaciones diseñadas supuestamente para generar códigos bancarios y resguardar contraseñas financieras, los cibercriminales obtenían los datos y códigos de acceso a la banca en línea de estos usuarios Android, según , reveló McAfee en un comunicado.

McAfee señaló que la aplicación Token Generator engaña a los usuarios del sistema operativo de Google y obtiene de manera ilícita su nombre, número de cuenta y contraseñas financieras.

La aplicación maliciosa se anuncia supuestamente como una central de contraseñas y generador de códigos de seguridad, lo que provoca que los usuarios le confíen su información y por lo tanto el desarrollador de la misma acceda a dichos datos.

Los responsables de la aplicación han explotado la ingeniería social para que el número de víctimas se incremente, según alerta la firma de seguridad.

“Por medio de correos electrónicos, mensajes de texto y páginas web los cibercriminales le aconsejan al usuario descargar la aplicación que supuestamente protegerá su actividad financiera en línea”, denuncia McAfee

Antes de descargar cualquier aplicación, nosotros, como usuario, tenemos la responsabilidad de revisar cuál es la procedencia de la misma, así como inspeccionar qué permisos requiere, tal y como recomiendan los fabricantes de productos de seguridad y antivirus.

Fuente: www.besecure.com