Resolución Directoral nº 87-2018-JUS/DGTAIPD, de 21 de diciembre de 2018. Resolución Directoral que aprueban el Lineamiento para la elaboración del Informe anual sobre solicitudes de acceso a la información pública 2018, a ser presentado al Congreso de la República en el primer trimestre del año.
VISTO:
El Informe n° 43-2018-JUS/DGTAI PD-DTAIP de fecha 11 de diciembre de 2018 .
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2º inciso 5 de la Constitución Política del Perú dispone que toda persona tiene el derecho de solicitar sin expresión de causa la información que requiera, y a recibirla de cualquier entidad pública en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional;
Que la Ley n° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos de Estado y regular el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información pública, reconocido en el artículo 2º inciso 5 de la Constitución Política del Perú.
Que mediante Decreto Legislativo nº 1353 se crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses.
Que los incisos 2 y 7 del artículo 4º del citado Decreto Legislativo establecieron como unas de sus funciones, el emitir directivas y lineamientos que sean necesarios para el cumplimiento de las normas en el ámbito de su competencia; y, el elaborar y presentar al Congreso de la República, dentro del primer trimestre de cada año, él informe anual sobre los pedidos de acceso a la información pública;
Que mediante el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo nº 013-2017-JUS , se creó la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, como órgano de línea encargado de ejercer la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
Que mediante los incisos c) e i) del artículo 71º del citado Reglamento, se dispuso como unas de las funciones de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, el emitir directivas y lineamientos que sean necesarios para el cumplimiento de las normas en el ámbito de su competencia; y, el elaborar y presentar al Congreso de la República el informe anual sobre los pedidos de acceso a la información pública.
Que el Informe n° 43-2018-JUS/DGTAIPD-DTAI P de fecha 11 de diciembre de 2018, remitido por la Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública, concluye que es necesario contar con un instrumento normativo que establezca los lineamientos para la elaboración del Informe anual sobre solicitudes de acceso a la información pública, que permita cumplir la obligación de informar anualmente al Congreso de la República;
Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo dispuesto por la Ley n° 27806, Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública, su reglamento, aprobado por Decreto Supremo nº 072-2003-PCM, el Decreto Legislativo n° 1353 que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo nº 019-2017-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos para la elaboración del Informe anual sobre solicitudes de Acceso a la Información Pública 2018, a ser presentado al Congreso de la República en el primer trimestre del año.
Artículo 2.- Publicar los Lineamentos aprobados en el artículo precedente el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO LUNA CERVANTES. Director General de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.