Ley nº 31.878 de 19 de septiembre de 2023, Reforma Constitucional que promueve el Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y reconoce el Derecho de Acceso a Internet Libre en todo el País. (El Peruano Sábado 23 de septiembre de 2023).
LEY nº 31878
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la siguiente Ley de Reforma Constitucional:
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE PROMUEVE EL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN, Y RECONOCE EL DERECHO DE ACCESO A INTERNET LIBRE EN TODO EL PAÍS
Artículo 1.
Modificación del numeral 4 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú
Se modifica el numeral 4 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, de acuerdo con el siguiente texto:
“Artículo 2.
Toda persona tiene derecho:
[…]
A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley.
El Estado promueve el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en todo el país.
Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios de comunicación social se tipifican en el Código Penal y se juzgan en el fuero común.
[…]”.
Artículo 2.
Incorporación del artículo 14-A a la Constitución Política del Perú
Se incorpora el artículo 14-A a la Constitución Política del Perú, de acuerdo con el siguiente texto:
“Artículo 14-A.
El Estado garantiza, a través de la inversión pública o privada, el acceso a internet libre en todo el territorio nacional, con especial énfasis en las zonas rurales, comunidades campesinas y nativas”.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre de dos mil veintitrés.
ALEJANDRO SOTO REYES, Presidente del Congreso de la República
HERNANDO GUERRA GARCÍA CAMPOS, Primer Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA, Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA, Presidente del Consejo de Ministros