Ante los graves trastornos causados por la pandemia del COVID-19, los órganos vigilantes de la libertad de expresión y la libertad de los medios de comunicación en las Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa emitieron el siguiente comunicado conjunto:
“Compartimos la profunda preocupación que existe en todo el mundo ante la pandemia del COVID-19. En un momento de tanta gravedad, entendemos y apoyamos plenamente los esfuerzos realizados por los profesionales de la salud pública y los gobiernos para desarrollar e implementar estrategias conducentes a proteger la salud y vida humanas. El derecho fundamental e inderogable a la vida está en juego, y los gobiernos están obligados a asegurar su protección.
“La salud humana no depende exclusivamente del acceso inmediato a atención médica. También depende del acceso a información precisa sobre la naturaleza de las amenazas y sobre los medios para protegerse a uno mismo, a nuestra familia, y a nuestra comunidad. El derecho a la libertad de expresión, el cual incluye el derecho a buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo, sin limitación de fronteras y por cualquier medio de expresión, se aplica a cualquier persona, en cualquier lugar, y solamente puede estar sujeto a restricciones limitadas. A este respecto, recomendamos lo siguiente:
“En primer lugar, es fundamental que los gobiernos proporcionen información veraz sobre la naturaleza de la amenaza que representa el coronavirus. Los gobiernos de todo el mundo están obligados en virtud de la legislación sobre derechos humanos a ofrecer información fiable en formatos accesibles para todo el mundo, centrándose en especial en garantizar el acceso a información a aquellas personas con acceso limitado a Internet o cuando una discapacidad dificulte especialmente este acceso.
“En segundo lugar, el acceso a Internet es vital en tiempos de crisis. Es fundamental que los gobiernos se abstengan de bloquear el acceso a Internet; en aquellas situaciones donde el acceso a Internet haya quedado bloqueado, los gobiernos han de asegurar de forma prioritaria un acceso inmediato al servicio de Internet más rápido y amplio posible. En especial en tiempo de emergencia, cuando el acceso a la información es de capital importancia, no se pueden justificar las restricciones amplias en el acceso a Internet por razones de orden público o seguridad nacional.
“En tercer lugar, el derecho de acceso a la información supone que los gobiernos deben realizar esfuerzos extraordinarios para proteger el trabajo de los periodistas. El periodismo cumple una función crucial ante un momento de emergencia de salud pública, en especial cuando su objetivo es proporcionar al público información fundamental y supervisar las medidas gubernamentales. Instamos a todos los gobiernos a ejecutar con rigor sus leyes de libertad de información para garantizar que todas las personas, y en especial los periodistas, tengan acceso a la información.
“En cuarto lugar, compartimos la preocupación de que la información falsa sobre la pandemia puede conducir a problemas de salud, pánico y desorden. A este respecto, es fundamental que los gobiernos y las empresas de Internet solucionen esta desinformación en primer lugar de forma individual ofreciendo información contrastada. Ésta puede expresarse en forma de mensajes públicos muy claros, transmitiendo anuncios de servicio público y con el apoyo de emergencia a la radiodifusión pública y al periodismo local (por ejemplo, a través de anuncios de salud del gobierno).
El recurrir a otras medidas, como la eliminación y censura de contenidos, puede suponer una limitación del acceso a información importante para la salud pública y debe llevarse a cabo exclusivamente cuando se cumpla con los principios de necesidad y proporcionalidad. Cualquier intento por penalizar información relativa a la pandemia puede crear desconfianza en la información institucional, retrasar el acceso a información contrastada y tener un efecto amedrentador sobre la libertad de expresión.
“En quinto lugar, somos conscientes del uso cada vez mayor de herramientas de tecnología de vigilancia para controlar la propagación del coronavirus. A la vez que comprendemos y apoyamos la necesidad de esfuerzos para combatir activamente la pandemia, es asimismo crucial que estas herramientas tengan un uso limitado, tanto en términos de finalidad como de tiempo, y que se protejan rigurosamente los derechos individuales a la privacidad, a la no-discriminación, la protección de las fuentes de información y otras libertades. Los países deben proteger también la información personal de los pacientes. Instamos firmemente a que cualquier uso de esta tecnología cumpla con las protecciones más estrictas y que solamente esté disponible de acuerdo con el derecho interno que sea conforme con las normas internacionales de derechos humanos.
Queremos concluir agradeciendo a todos los profesionales médicos y sanitarios por situarse en la primera línea del tratamiento de los enfermos.”